Aprobada la nueva Ley de Ordenación Farmacéutica de Galicia de 2019. Entre las novedades está la agilización de los concursos públicos de nuevas farmacias, la regulación de la venta de productos sanitarios por Internet, y la introducción de la posibilidad de la atención farmacéutica a domicilio en Galicia.

El Consello de Goberno de la Xunta de Galicia ha aprobado el Anteproyecto de ley de ordenación farmacéutica de Galicia. La normativa tiene como objeto actualizar la actual normativa de ordenación farmacéutica en Galicia y adaptarla a los cambios sociales que se han producido desde la aprobación de la norma actual, la Ley 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica. Además, se busca dar solución de manera eficaz a las necesidades actuales y demandas de los profesionales farmacéuticos y los los usuarios.

Agilización de los concursos de nuevas farmacias de Galicia

La norma introducirá un concurso público previo de traslados a las oficinas vacantes antes de una convocatoria para abrir nuevas oficinas de farmacia, al que solo podrán concurrir inicialmente los titulares o cotitulares de farmacias establecidas en Galicia, y en una segunda fase posterior se abrirá a farmacéuticos que no tengan farmacia propia dentro ni fuera de Galicia ni la transmitieran en los diez años previos.

Asimismo, y siguiendo con el ámbito de los concursos, la ley también introduce medidas como la posibilidad de que la Administración solicite un aval a los adjudicatarios de las farmacias, o la elevación de 3 a 15 años el período mínimo para poder transmitir una farmacia tras obtenerla en concurso público.

Traslados de oficinas de farmacia

En lo que respecta a los procedimientos de autorización de cambio de localización, se mantiene la excepción de respetar la distancia mínima de 250m en las zonas que cuentan con una única farmacia siempre que esté justificado por razones de interés general. También se deberá mantener esta distancia a los centros de salud, con el objetivo de garantizar la concurrencia en igualdad de condiciones, y con la excepción en los concellos en los que solo exista una botica.

En el caso de concursos, se incorporará la posibilidad de limitar los traslados cuando se aprecie que la atención sanitaria puede quedar perjudicada para garantizar la prestación a los usuarios y responder a las expectativas de los profesionales. Es decir, un farmacéutico podrá optar a una nueva farmacia en otro municipio y dejar vacante su farmacia anterior, siempre que la que deje atrás no sea la única que exista en un municipio, caso en el que deberá buscar un nuevo titular.

Regulación de la venta medicamentos por internet

El Gobierno gallego ha aprovechado la normativa para regular la venta de parafarmacia por Internet y la entrega a domicilio, dejando supeditada la venta de medicamentos a la legislación básica del Estado a través del Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.

Las farmacias gallegas podrán crear dominios o páginas web para comercializar medicamentos, siempre y cuando no necesiten de prescripción médica. Las páginas web deberán ser propiedad de la propia empresa farmacéutica, identificada con su nombre o marca, y en ningún caso un dominio genérico o un portal que agrupe a varias boticas.

Atención farmacéutica a domicilio

Una de las novedades más notables del proyecto será la posibilidad de que la atención farmacéutica pueda comenzar a prestarse a domicilio. Con el objetivo de acercar los servicios farmacéuticos a los usuarios, teniendo en cuenta la distribución de la población gallega, se regulará la entrega de medicamentos a domicilio, que estará acotada a pacientes y usuarios que tengan movilidad reducida o que sufran enfermedades crónicas.

Boticas anexas

Además, en relación a las boticas anexas, Feijóo indicó que el texto legal se abre a la posibilidad de que para autorizar nuevas farmacias se prevea instalar una botica anexa en una zona de difícil acceso o donde el cierre de una farmacia deje sin atención un área determinada.

Más de 70 años

La reforma escucha también otra de las reivindicaciones de los farmacéuticos, la desaparición de la caducidad de las autorizaciones administrativas cuando el titular cumpla los 70 años, que era el límite establecido hasta ahora. Se podrá mantener la adjudicación de una farmacia más allá de esta edad. pero en este caso el titular estará obligado a contratar a un nuevo farmacéutico.

Otras novedades

El texto normativo también regula los centros de distribución de medicamentos de uso humano, veterinario y de productos sanitarios; los depósitos de medicamentos y otros aspectos relacionados con la información, promoción y publicidad de medicamentos y productos sanitarios; y prohíbe toda forma de publicidad y promoción de las farmacias, excepto en los casos establecidos reglamentariamente.
Otra de las novedades es el establecimiento de un nuevo régimen de incompatibilidades de los profesionales farmacéuticos y un nuevo régimen sancionador, que incluye una relación exhaustiva de las infracciones y las correspondientes sanciones, los órganos competentes para su imposición y el plazo para dictar y notificar las resoluciones, en los expedientes por infracciones en materia de establecimientos farmacéuticos y medicamentos, productos sanitarios, cosméticos y productos de cuidado personal.

Otros aspectos que recoge la normativa son la actualización de las farmacias de los centros de atención primaria, hospitales y centros de servicios sociales que se recogerán en el mapa farmacéutico de Galicia, la renovación de los derechos del usuario y la incorporación de sus deberes, la incorporación del régimen de reforma de los locales y de la autorización de aquellas oficinas donde se incumplan los deberes de dispensación de medicamentos, la actualización del régimen sancionador y del de incompatibilidades de profesionales y la regulación de los centros de distribución de medicamentos de uso humano, veterinario y de productos sanitarios.

Tras ser aprobada en el Consello de Goberno de la Xunta de Galicia, la nueva Ley de Ordenación Farmacéutica de Galicia ha sido remitida al Parlamento para su aprobación definitiva y posteriormente será publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG).